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Primera sentencia contra el canon de la SGAE PDF Imprimir E-Mail
Origen: baquia   
jueves, 21 de julio de 2005
Un tribunal de Alcalá de Henares (Madrid) ha estimado la demanda interpuesta por un particular contra una tienda de informática por cobro indebido en concepto de canon.


Un tribunal de Alcalá de Henares (Madrid) ha estimado la demanda interpuesta por un particular contra una tienda de informática por cobro indebido en concepto de canon. Reynaldo Cordero Corro demandó a Batch PC porque le cobraron 1,72 euros en concepto de canon por la adquisición de diez CD de ochenta minutos de duración cada uno.

La resolución de la setencia estima la demanda interpuesta por Corro contra la empresa de informática, condenando a ésta a pagar 1,72 euros y las costas del juicio. "... la repercusión de remuneración por copia privada verificada por el demandado no es conforme al art. 25 de la Ley de Propieda Intelectual y procede, por tanto, la estimación de la demanda, pues estamos en presencia de un supuesto de cobro indebido", se puede leer en la sentencia.

El fundamento tercero tampoco tiene desperdicio: "En todo caso, la remuneración compensatoria de los derechos de propiedad intelectual por reproducción realizada exclusivamente para uso privado tiene como presupuesto que se haya realizado una reproducción. Cierto es, que tal reproducción cabe entenderla presumida pero ello es así cuando teleológicamente no cabe otra finalidad. Pero en el caso de autos, el material adquirido, o sea, diez CD en blanco, tiene un campo de posibilidades que no viene necesariamente circunscrito a servir de soporte a obras literarias, artísticas o científicas de ajena pertenencia".

Así es; las posibilidades son varias, por más que algunos se empeñen en negarlo. Por cierto, hablando de la SGAE, ésta sigue con su absurda cruzada, esta vez contra un bar de Badajoz.
 
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